El MUNCYT ofrece a instituciones, fundaciones, empresas, particulares y otras entidades privadas la posibilidad de colaborar de distintas maneras al desarrollo de su programa museístico, con el fin de contribuir a generar redes entre la institución, la ciencia y la sociedad. Entre las posibles vías de colaboración para ayudar a cumplir la misión y los objetivos del Museo se encuentran el patrocinio de proyectos concretos y el mecenazgo.
El MUNCYT invita a particulares, empresas, fundaciones e instituciones a formar parte activa de su actividad, favoreciendo nuevas formas de mediación entre el museo y su comunidad. Existen diversas vías de colaboración para apoyar las exposiciones, las colecciones y las actividades. La colaboración se establece teniendo en cuenta los intereses y las prioridades de los benefactores.
Ejemplos de proyectos de patrocinio:
- Exposiciones temporales
- Programa de incremento de la colección
- Conservación y restauración de bienes culturales
- Biblioteca y mediateca
- Actividades presenciales y digitales.
- Innovaciones tecnológicas en museografía y exposición.
- Proyectos de sostenibilidad
- Proyectos de accesibilidad e inclusión social
Normativa en vigor
La contribución privada a la consecución de fines de interés general se reconoce en nuestra normativa a través de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. A efectos de esta Ley, se entiende por mecenazgo la contribución privada a la financiación de actividades de interés general.
El fomento de las iniciativas de mecenazgo se sustancia mediante incentivos fiscales a las donaciones y un régimen especial de tributación de las Entidades sin Fines de Lucro (ESFL). El Título III de la Ley regula los beneficios fiscales aplicables a donativos, donaciones y aportaciones realizadas en favor de las entidades beneficiarias.
Normas jurídicas
- Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo
- Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
- Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. En su Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
- Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo. Convalidado por el Congreso de los Diputados, y publicado el acuerdo el 10 de enero de 2024.
La Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, establece una deducción del 35% en el Impuesto de Sociedades para iniciativas como donativos o donaciones de bienes que formen parte del Patrimonio Histórico Español y sean de calidad garantizada, o estén inscritos en el Registro general de BIC o incluidos en el Inventario general a que se refiere la Ley 16/1985, del 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.