La creación de una completa colección de patrimonio científico y tecnológico español es una de las prioridades del MUNCYT. A través de ella es posible conocer mejor el pasado y el presente del panorama científico, industrial y tecnológico de nuestro país y a garantizar que sus testimonios más relevantes se conservan para las generaciones futuras.
Si usted o la institución la que representa posee algún objeto que cree que puede ayudarnos en esta tarea y está pensando en donarlo o legarlo al MUNCYT, le agradecemos que lea las siguientes indicaciones antes de rellenar el formulario que encontrará al final de la página.
El MUNCYT es consciente de la gran responsabilidad que adquiere al aceptar una nueva pieza en su colección por lo que, si está pensando en donarnos una pieza, debe saber que:
- Si la pieza es aceptada pasará a integrar la colección en las mismas condiciones que el resto de los bienes culturales muebles que la componen; no se aceptan donaciones con condiciones específicas.
- No es posible ingresar piezas que sean potencialmente peligrosas como armas, explosivos, materiales inflamables o piezas que contengan asbestos u otros materiales tóxicos o cancerígenos. Tampoco se aceptarán objetos cuyo estado de conservación o procesos de deterioro no permitan garantizar su conservación en el futuro o bien comprometan el estado de conservación del resto de la colección custodiada.
Consideraciones generales
Es importante tener en consideración que:
- El ofertante debe ser el propietario del bien que ofrece. Podrá certificarlo a través de un título de propiedad (factura, etc.) o bien con una declaración de propiedad por escrito.
- La pieza o el objeto debe estar lo más completa posible, conservando todos sus elementos externos e internos y, si es posible, se aportará documentación que ayude a su contextualización (instrucciones, especificaciones técnicas, registros, etc.).
- Se valorará muy positivamente que pueda proporcionarse información sobre la historia de la pieza que se ofrece (a quién perteneció, cómo se utilizó, dónde se utilizó, etc.).
El MUNCYT cuenta con una política de colecciones que rige las líneas prioritarias de su programa de incremento con el objetivo de completar las lagunas o deficiencias que se van identificando. El MUNCYT priorizará la aceptación de las piezas que completen su colección.
Si la pieza es aceptada como donación o legado el MUNCYT está en condiciones de garantizar que:
- Pasará a integrar la colección adquiriendo con ello la categoría de Bien de Interés Cultural (BIC), la máxima categoría de protección otorgada por la legislación española. Se dispondrán los medios necesarios para garantizar su conservación, estudio y disfrute para la sociedad y las generaciones futuras.
- Podrá formar parte de las exposiciones permanentes y temporales programadas en el museo siempre que tenga relación el discurso científico de la muestra o bien, ser prestada a otras instituciones para participar en sus propias exposiciones.
- Será estudiada y catalogada por nuestros técnicos y estará a disposición de investigadores que quieran profundizar en el conocimiento de la colección del Museo Nacional de Ciencia y Tecnología.
- Podrá ser seleccionada para formar parte de la Red Digital de Colecciones de Museos de España CER.es (Colecciones en Red) https://ceres.mcu.es/pages/SimpleSearch?index=true
Además, las donaciones que se realicen en favor del Estado, y demás Entes Públicos, de bienes culturales que formen parte del Patrimonio Histórico Español, como es el caso del MUNCYT, tendrán los siguientes beneficios fiscales sobre la valoración de las donaciones puras y simples en:
- Hasta un 80% en los primeros 150 € y un 35% en el importe restante, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Además, si en los periodos impositivos anteriores se hubieran realizado donativos, donaciones o aportaciones a misma entidad, por importe igual o superior, será de un 40 % los beneficios con derecho a deducción.
- Hasta un 35% en el Impuesto sobre Sociedades. Además, si en los periodos impositivos anteriores se hubieran realizado donativos, donaciones o aportaciones a misma entidad, por importe igual o superior, será de un 40 % los beneficios con derecho a deducción.
La valoración económica de los bienes a efectos de los beneficios fiscales será la efectuada por los técnicos del MUNCYT y tendrá que ser aprobada por la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español en sesión plenaria.
Trámites necesarios para donar una pieza al MUNCYT
Rellene el formulario adjunto con sus datos de contacto y características de la pieza. Es imprescindible que se proporcione alguna imagen que permita valorar tanto el interés del objeto como su estado de conservación. Indique también si dispone de otro tipo de información que puedan añadir valor al objeto (planos, manuales de instrucciones, documentación de apoyo, etcétera).
En el plazo máximo de tres meses el Museo se pondrá en contacto con usted para informarle sobre el interés del museo en la pieza y requerir más información.
Tras el informe positivo y valoración del bien por parte del museo se le remitirá el formulario de oferta de donación y solicitarán los datos necesarios para proponer al Ministerio de Cultura la aceptación de la pieza como parte del Patrimonio Cultural de España. De acuerdo con la disposición adicional octava de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, que establece que la aceptación de donaciones, herencias o legados a favor del Estado, aunque se señale como beneficiario a algún otro órgano de la Administración, relativos a toda clase de bienes que constituyan expresión o testimonio de la creación humana y tengan un valor cultural, bien sea de carácter histórico, artístico, científico o técnico, corresponderá al Ministerio de Cultura, entendiéndose aceptada la herencia a beneficio de inventario.
Si la respuesta del Ministerio de Cultura es favorable, el Museo Nacional de Ciencia y Tecnología se pondrá en contacto con usted para determinar cómo se hará la entrega del objeto en la sede del MUNCYT en Madrid o en la de A Coruña.
El MUNCYT informará al Ministerio de Hacienda de las donaciones recibidas a efectos de posibles desgravaciones fiscales que generen de acuerdo con la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo y al Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.